La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) de Perú ha aprobado una directiva que establece los lineamientos para el registro de los vigilantes de seguridad privada y la emisión de un carné de identificación personal electrónico.
En relación a este último, la directiva observa que será obligación de las empresas de seguridad privada que los vigilantes de seguridad porten el carné de identificación personal electrónico durante el desempeño de sus funciones. Además, de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Servicios de Seguridad Privada, el carné tendrá que corresponder a la modalidad de servicio que se desempeñe.
Registro y renovación de los vigilantes
En cuanto a los requisitos para registrar a los vigilantes de seguridad privada de cara a solicitar el citado carné electrónico, son los siguientes:
- Para tramitar carnés de identificación personal electrónicos de los vigilantes de seguridad privada de su plantilla institucional, las personas jurídicas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada tendrán que estar previamente autorizadas por Sucamec.
- Las personas naturales, nacionales o extranjeras, que quieran prestar servicios de seguridad privada tendrán que presentar un formulario de solicitud firmado por el representante legal de la persona jurídica, una declaración jurada, una fotografía digital y un certificado de salud física y mental.
Por otra parte, la directiva también hace referencia a la renovación de la autorización de los vigilantes de seguridad privada. Para dicho fin, las empresas estarán obligadas a entregar un formulario de solicitud firmado por el representante legal, una declaración jurada del vigilante de seguridad privada y un certificado de salud física y mental de este último.
Te interesa: Seguridad privada y coronavirus: recomendaciones
Archivado en: