-¿Cuándo se creó Sucamec? A grandes rasgos, ¿cuáles son sus principales cometidos en materia de servicios de seguridad privada, armas, municiones y explosivos?
La Constitución Política del Perú de 1993, en su artículo 175, establece que en el país se administran dos tipos de armas de fuego: las armas de Guerra, de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, que se rigen por sus propias normas, y las armas de no guerra, consideradas armas particulares, de uso civil y también para militares y policías en situación de actividad.
En cumplimiento a las armas particulares se creó Dicscamec, que posteriormente, con el Decreto Legislativo Nº 1127, pasó a denominarse Sucamec (Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil). Nuestras actividades principales son controlar, supervisar y regular los servicios de seguridad privada, comercio y uso de armas, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil para apoyar las políticas de seguridad, defensa nacional y de seguridad ciudadana mediante el adecuado control de armas de fuego, municiones y explosivos.
-Hoy en día, ¿con qué recursos humanos y tecnológicos cuenta Sucamec para llevar a cabo su labor?
Al ser Sucamec una institución con autonomía administrativa funcional y económica, su principal recurso para la gestión son las normas legales (Decreto Ley 1127, Ley 30299, Ley 28879 y sus reglamentos). Cuenta con profesionales especializados en armas de fuego y municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales y sustancias relacionadas. Del mismo modo, tenemos expertos en seguridad privada, así como especialistas en administración y operadores logísticos, legales, tecnológicos y de comunicación.
Para la gestión utiliza plataformas tecnológicas con las que brinda a sus administrados la posibilidad de realizar procedimientos digitales a través de la Ventanilla Virtual de la plataforma Sucamec en Línea (SEL). El resultado de estos trámites se remite a la casilla individual de cada administrado, lo que significa que Sucamec otorga licencias, autorizaciones y tarjetas de propiedad de manera virtual y digital.
Sucamec posee también el Registro Nacional de Gestión de Información (Renagi), una plataforma de gobierno electrónico para la gestión de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos, materiales relacionados y servicios de seguridad privada en la que se sistematiza la información correspondiente a los bienes regulados por la Ley 30299. Igualmente, el Renagi comprende un registro de personas inhabilitadas para la obtención de licencias y autorizaciones reguladas en la Ley 30299.
“Frente a la pandemia, las empresas de seguridad privada han realizado un rol especial. Han tenido un contacto directo con las personas contagiadas”
-Sobre esto último, ¿podría ampliar la información relativa a los avances tecnológicos que se han producido en los últimos años en la institución?
Sucamec avanza a la par de los procesos tecnológicos. Inicialmente, todas las actividades eran físicas y presenciales, con lo cual un proceso de autorización no era menor a los 30 días hábiles. Sin embargo, a la fecha y con la sistematización de los procesos, actualmente no demoran más de una semana en ser atendidos. Contamos con una página web dinámica donde se puede encontrar información de transparencia de la gestión institucional, tutoriales para navegar, buzones de sugerencias, etc. Asimismo, tenemos un equipo de comunicaciones que busca socializar, sensibilizar y educar, buscando un permanente acercamiento al ciudadano para preservar la seguridad ciudadana y nacional.
Como he comentado anteriormente, un punto a destacar es la plataforma SEL. Es un sistema informático al que se accede a través de Internet para realizar trámites y operaciones de forma virtual y que cuenta con un buzón electrónico para recibir notificaciones. Esta plataforma es parte del Renagi y los actos realizados a través de la misma poseen igual validez y eficacia que aquellos realizados de forma presencial.
Dentro de SEL contamos con el módulo de Ventanilla Virtual, donde las empresas de seguridad privada y los agentes pueden, de forma remota, iniciar y concluir más de 20 trámites relacionados con autorizaciones y renovaciones en modalidades como vigilancia privada, protección personal, transporte de dinero y valores, servicio individual de seguridad personal, servicio individual de seguridad patrimonial y servicio de tecnología de seguridad privada.
-¿Cuántas empresas de seguridad privada operan legalmente en Perú?
En estos momentos tenemos autorizadas para desempeñar sus funciones 1.051 empresas de seguridad en todo el país. Sucamec ha reforzado su despliegue fiscalizador con la finalidad de que las empresas de servicios de seguridad privada cumplan con las obligaciones establecidas en la Ley 30299 y su reglamento en materia de servicios de seguridad privada.
-¿Qué tipo de irregularidades detecta Sucamec en las labores de control?
Las faltas suelen estar vinculadas con el incumplimiento de las normas de resguardo de las armerías de los locales que prestan servicios de seguridad privada con armas. Sucede también que se detecta una falta de supervisión y control para la custodia y tenencia de las armas y municiones en los locales de sus clientes.
En ocasiones, las empresas suelen destacar personal de seguridad para la prestación de servicios sin el carné de identidad requerido o sin la autorización correspondiente para portar armas.
-En el ámbito económico, ¿cómo les ha afectado la crisis sanitaria a las empresas de seguridad privada? ¿Han visto reducidos sus servicios?
Por ser una actividad básica de seguridad ciudadana en el Perú, la seguridad privada no tuvo suspensión de actividades, continuó laborando. Sin embargo, por el cierre de algunos de sus clientes, el sector se vio afectado con una población de agentes de seguridad desempleados.
Es importante mencionar que, desde el primer momento, el Gobierno del Perú consideró a los centros médicos, los servicios públicos como energía y agua, las telecomunicaciones y las entidades bancarias como actividades esenciales. Y estas nunca dejaron de operar. Todos estos establecimientos necesitan un resguardo para operar con normalidad, por lo que la seguridad privada no se vio afectada completamente.
-Debido a la pandemia, ¿los servicios de seguridad privada han sido declarados esenciales en Perú?
Normativamente, no. Pero sí han tenido el tratamiento de servicio esencial. Por tal motivo, el Gobierno autorizó la continuidad de los servicios de vigilancia de forma normal.
-¿Qué papel han jugado las empresas de seguridad privada desde el inicio de la pandemia? ¿Cómo están contribuyendo los vigilantes a evitar que se propague el coronavirus?
Frente a la pandemia, las empresas de seguridad privada han realizado un rol especial. Han tenido un contacto directo con las personas contagiadas. Por ejemplo, los agentes de seguridad que trabajan en los nosocomios de salud son los primeros en recibir a los pacientes con síntomas de la COVID-19. Además, el personal de seguridad ha colaborado utilizando equipos detectores de temperatura y espráis de alcohol para desinfectar a las personas que concurren a los lugares que están resguardando.
Asimismo, el vigilante es uno de los primeros puntos de contacto con el usuario. Muchas personas suelen consultar con ellos sobre trámites, requisitos y costos incluso antes de ingresar a una entidad o empresa.
“Nos gustaría que la seguridad privada fuese un complemento de la seguridad pública en actividades de información o inteligencia”
-¿Cuántos vigilantes prestan servicios de seguridad privada en Perú? ¿Qué importancia le concede Sucamec a la formación de los vigilantes?
Actualmente, en nuestro país se encuentran autorizados para brindar servicios de seguridad privada un total de 113.762 agentes. Para Sucamec, la formación del agente de seguridad privada es muy importante. El plan de estudios de formación básica para personal de seguridad privada está formado por 60 horas académicas, divididas en tres módulos: legal, técnico y de defensa personal. Este es el primer nivel de formación.
En total, se trata de 52 horas de teoría y ocho de práctica. Sucamec considera reducido el periodo de formación, motivo por el cual se encuentra elaborando un proyecto de profesionalización técnica de los agentes de seguridad. Estos últimos deberían ser formados y preparados para tener la capacidad de atender emergencias básicas, brindar la seguridad correspondiente al patrimonio y contrarrestar elementos de malvivir, entre otras actividades.
-¿Cuál es el grado de colaboración existente entre la seguridad privada y la seguridad pública?
Por cuanto no estaba organizada, hasta la fecha no se ha capitalizado la potencialidad de la seguridad privada. Sin embargo, ya existe la Asociación de Empresas de Seguridad Privada (Asepri) y se vienen realizando coordinaciones para que sean fuerzas de colaboración básica para la seguridad pública.
Si contamos con más de 113.000 agentes de seguridad carnetizados, estos podrían ser una fuerza importante para la seguridad ciudadana. Lo que queremos es que ellos sean el complemento para la seguridad pública en actividades de información o inteligencia. Desde Sucamec vamos a promover esta propuesta.
-Para finalizar, ¿en qué aspectos está trabajando Sucamec para beneficiar al sector de la seguridad privada peruano a corto y medio plazo?
A corto plazo, con Asepri se está buscando sistematizar las informaciones de todas sus actividades a efectos de contar con una big data, la cual nos sirva para hacer proyecciones. A mediano plazo, estamos planteando la profesionalización del agente de seguridad privada y su incorporación a la red de la seguridad pública como elemento de apoyo.
Sucamec: institución técnica especializada adscrita al Ministerio del Interior del Perú
La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) es una institución técnica especializada adscrita al Ministerio del Interior del Perú. Tiene como funciones controlar, supervisar y regular los servicios de seguridad privada, comercio y uso de armas, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil para contribuir a preservar la paz, la seguridad y el bienestar de los ciudadanos peruanos. Además de normar y sancionar en los mencionados ámbitos.