Ciberilatam 002
Entrevista La primera Política Nacional de Ciberse- guridad se lanzó en 2017, en el Gobier- no de la presidenta Michelle Bachelet, con el objetivo de definir lineamientos en materia de ciberseguridad que invo- lucraran a las distintas instituciones del Estado. Para ello, se establecieron cinco objetivos: infraestructura robusta y res- iliente, derechos de las personas en el ciberespacio, cultura de ciberseguridad, cooperación nacional e internacional y desarrollo de la industria. La Política Nacional de Ciberseguridad 2023-2028 se basa en estos mismos objetivos centrales, ya que son la base para cumplir con el objetivo central. Sin embargo, en esta segunda versión incorporamos objetivos o dimensiones transversales, como ya hemos comen- tado, las cuales deberán estar en cada una de las medidas propuestas para así proteger y promover los derechos de las personas. Algunas propuestas que buscan con- tribuir a una sociedad y entorno empre- sarial más seguros son fortalecer el mar- co normativo, medida que se ya cumple gracias a que hoy contamos con la Ley 21.663 Marco de Ciberseguridad; y parte del segundo objetivo (derechos de las personas), lo que permitirá generar ins- tancias de capacitación y colaboración y fortalecer la resiliencia de nuestros servi- cios esenciales frente a un incidente de ciberseguridad. Chile promulgó, el 26 de marzo, la Ley Marco sobre Ciberseguridad. ¿Cómo impactará esta nueva regulación en la seguridad cibernética tanto de la ciu- dadanía como de las organizaciones y cuáles son sus novedades más impor- tantes? La Ley 21.663 Marco de Ciberseguridad establece un marco regulatorio de la ciberseguridad e implementa un mo- delo de gobernanza que considera la creación de la Agencia Nacional de Ci- berseguridad (ANCI) como el organismo técnico y especializado con facultades regulatorias, fiscalizadoras y sancionato- rias, tanto para los organismos públicos como privados. Con esta regulación, las organizacio- nes públicas y privadas consideradas como servicios esenciales deberán adoptar medidas permanentes para prevenir y reportar incidentes o ciberata- ques. Además, la ANCI podrá dictar pro- tocolos de ciberseguridad obligatorios, lo que permitirá que las organizaciones cuenten con estándares más seguros para proteger la información y los datos de sus instituciones y de las personas. Por otra parte, la Agencia podrá dise- ñar e implementar planes de formación ciudadana para mejorar la educación digital de todos los chilenos. ¿Cómo mejorará esta normativa, en concreto, la protección y seguridad de los servicios esenciales chilenos? Gracias a los protocolos y estándares que dictaminará la Ley, los servicios esencia- les deberán seguir los lineamientos bá- sicos e implementar permanentemente medidas de protección y prevención de ciberseguridad, para así mejorar su nivel de madurez y garantizar que las institu- ciones puedan enfrentar los ataques más frecuentes o de mayor impacto. Como ha comentado, una de las prin- cipales novedades de la Ley Marco de Ciberseguridad es la creación de la Agencia Nacional de Ciberseguridad. ¿Qué atribuciones tendrá este órgano? Algunas de las atribuciones de la ANCI serán asesorar al presidente de la Repú- blica, dictar protocolos y estándares de carácter obligatorio, coordinar y supervi- sar al CSIRT Nacional, fiscalizar el cum- plimiento de las disposiciones de la ley y sus reglamentos y establecer estándares de ciberseguridad y deberes, entre otras. Chile inauguró, en abril, el Foro Nacio- nal de Ciberseguridad. ¿Qué funciones tendrá este nuevo organismo y qué ins- tituciones y personalidades formarán parte de él? / Segundo semestre 2024 9
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