Segurilatam 028

/ Segundo cuatrimestre 2024 34 artículo técnico Seguridad en el sector financiero A través de este artículo técnico, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada precisa cómo se presta el servicio de transporte de valores en Colombia, cómo son los vehículos blindados destinados para tal fin y qué formación debe tener tanto el personal dedicado a dicha actividad como el que se desempeña en las sucursales bancarias. A l igual que sucede con los diferentes servicios que componen el sector de la vigilancia y la segu- ridad privada en Colombia, el servicio de transporte de valores se encuentra regulado mediante el Decreto 356 de 1994 (Estatuto de Vigilancia y Seguri- dad Privada). En él, además de estable- cerse los aspectos generales desde los cuales se regula y se delimita la presta- ción del servicio, como son la definición de los mismos, la conceptualización de permisos de estado (mediante los cuales se otorga licencia para poder operar) y el campo de operación, tam- bién se define claramente la actividad de transporte de valores como una de las modalidades para la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada que se pueden autorizar en el país. Concretamente, el transporte de va- lores figura en el artículo 6 (Modalida- des para la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada) y es definido como «el servicio de vigilancia y seguridad privada que se presta para transportar, custodiar y manejar valores y el desarrollo de actividades conexas». Empresas y personal De acuerdo con los registros de la Su- pervigilancia, hay 12 empresas registra- das con licencia de funcionamiento que prestan el servicio de transporte de valo- res en el país. En cuanto al personal ope- rativo vinculado al transporte de valores en Colombia, el dato es variable, puesto que, como sucede con los diferentes servicios, permanentemente están in- gresando y saliendo nuevas personas. De acuerdo con el dato más reciente del tablero de control de personal acredita- do, para transporte de valores se cuenta con 3.888 personas acreditadas (3.826 hombres y 62 mujeres). Blindaje automotriz En el país se ha venido desarrollando una industria propia que permite hacer los blindajes que se requieren para los vehículos de transporte de valores y para esto existe la debida regulación. Confor- me a lo dispuesto en el Decreto 1070 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa), se establecieron en Colombia las empresas blindadoras cuyo objeto consiste en la prestación remunerada de servicios de vigilancia y seguridad privada, a través de la adecuación de los siguientes tipos de blindaje: 1. Fabricación, producción, ensamblaje o elaboración de equipos, elementos, productos o automotores blindados para la vigilancia y seguridad privada. 2. Importación de equipos, bienes, pro- ductos o automotores blindados o La importancia de la seguridad privada en el servicio de transporte de valores

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