Segurilatam 028
/ Segundo cuatrimestre 2024 36 artículo técnico Seguridad en el sector financiero Labor conjunta Es importante destacar que para el buen funcionamiento de las actividades de vi- gilancia y seguridad privada en el sector de la industria financiera y bancaria, así como en otros campos de aplicación del sector, es clave una labor conjunta entre la Supervigilancia y las empresas. Por ejemplo, la entidad viene reali- zando una actividad de socialización virtual y presencial para que las es- cuelas de capacitación tengan las he- rramientas claves para la adecuación del Proyecto Educativo Institucional en Vigilancia y Seguridad Privada (PEIS) de acuerdo con las realidades cam- biantes del sector y las demandas de quienes requieren el servicio. Pero, a su vez, es fundamental que las empre- sas apliquen de manera permanente los procesos de actualización para que el personal pueda cumplir sus labores con el profesionalismo adecuado que esta actividad requiere en los diferen- tes campos de trabajo de la vigilancia y seguridad privada, siendo el sector financiero y bancario uno de ellos. de polígrafo, la cual podrá aplicarse igualmente a los procesos de investi- gación por siniestros. Discrecionalidad por parte de la com- pañía para aplicar pruebas técnicas. Visitas domiciliarias. Oficinas bancarias Por lo que respecta a los guardias de se- guridad privada que prestan servicio en las sucursales y oficinas bancarias, con la expedición del Decreto 1565 de 2022 se reglamentó la capacitación y entrena- miento en vigilancia y seguridad privada, estableciéndose las especializaciones del personal operativo en vigilancia y se- guridad privada y encontrándose dentro de ellas la relativa a la especialización del sector financiero tanto para vigilantes como para supervisores. Por lo cual, se- rán las entidades bancarias, a través del vínculo contractual que surtan con las empresas de vigilancia y seguridad priva- da, las llamadas a exigir que el personal operativo cuente con capacitación idó- nea para el desarrollo de sus funciones específicamente en el sector financiero. Cada empresa tiene sus procesos in- ternos para determinar la idoneidad de la persona que prestará sus servicios como vigilante de seguridad privada en los diferentes servicios que se brindan a sus usuarios. Como requisitos generales, un vigi- lante de seguridad privada que preste el servicio de transporte de valores debe reunir los siguientes: Debe ser mayor de edad. Ser bachiller. Evaluación de competencias. Pruebas psicológicas. Revisión de antecedentes. Condiciones ocupacionales de la Ley 1539 de 2012 (implementación del certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego). Por parte de los servicios autorizados Las empresas transportadoras de valores deberán incorporar a sus empleados, tanto para el personal operativo como para el administrativo, técnico y auxiliar, a través de un riguroso método de selec- ción en el que deberán contemplar como mínimo las siguientes actividades: Determinación de los perfiles y requisi- tos para cada uno de los cargos. Entrevistas con los responsables de la selección. Aplicación de pruebas de personali- dad y psicotécnicas. Realización del estudio de seguridad. La verificación de antecedentes pena- les y disciplinarios. La verificación de referencias persona- les y laborales. La verificación de certificaciones aca- démicas y laborales. La aplicación de pruebas técnicas de confiabilidad. La aplicación voluntaria de la prueba
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