Para abordar la internacionalización de la seguridad privada, es preciso tener claro que dentro del proceso de expansión internacional en que se encuentran inmersas numerosas empresas españolas, el desplazamiento temporal o de larga duración al extranjero de empleados es cada vez más habitual. En compañías multinacionales, es frecuente contar con más de un millar de trabajadores que se desplaza fuera de su país de origen cada semana. La responsabilidad de las empresas por la seguridad de los empleados (y sus familias cuando residen permanentemente en el extranjero) es evidente, como también lo es la especial atención que merece esta situación frente a la de los trabajadores contratados localmente.
Las empresas tienen la obligación de prevenir los riesgos que afecten a sus trabajadores. Estos riesgos cambian y aumentan notablemente en países situados fuera de nuestro entorno geográfico y económico, afectando especialmente a empleados que son destinados o se desplazan a zonas de conflicto o con altas tasas de criminalidad. El modo en que se mitigarán esos riesgos será lógicamente diferente al acostumbrado, sobre todo teniendo en cuenta que el marco legal de la seguridad, en comparación con el que consideramos habitual en Europa, varía hasta extremos que los hacen extraños e irreconocibles.
Por ejemplo, mientras en España se consideraría como delito pagar a un policía a cambio de la prestación de un servicio privado de seguridad, en otros países –no necesariamente más atrasados– es una práctica legal y necesaria que permite, durante las horas de duración del contrato, contar con gran parte de las atribuciones de que dispone como agente de la autoridad, incluyendo sus armas o el acceso a bases de datos policiales.
En cuanto a la especificidad del caso de los expatriados respecto a los empleados locales, frecuente fuente de quejas y tensiones en las funciones diarias de los departamentos de Seguridad de las empresas en el ámbito internacional, es consecuencia de la mayor indefensión del expatriado: desde aspectos como el desconocimiento de la cultura e idioma locales, contar con menores derechos civiles o la tutela del estado de residencia hasta ser objetivo muy rentable para organizaciones criminales o terroristas. En cualquier caso, una mayor atención hacia el empleado expatriado no supone en ningún caso que los departamentos de Seguridad puedan desatender al local, quien, además de tener derecho a esa protección, contribuye de manera esencial para alcanzar un mejor grado de seguridad para la organización gracias a su conocimiento del entorno.
¿Cómo actuar?
Cada vez más empresas cuentan con empleados que trabajan y viven fuera de sus lugares de origen y su deber es protegerlos. Los departamentos de Seguridad se encargan de esa protección. Pero, ¿qué dificultad tiene dicha tarea?
Los departamentos de Seguridad han de realizar un esfuerzo de adaptación sobresaliente para cumplir con ella. Los errores en esa adaptación, frecuentemente consecuencia de la trasposición de los esquemas que se utilizan para proporcionar seguridad en su país de origen, se traducen en inaceptables incrementos de riesgo para los empleados. Otro error muy habitual es delegar por completo la seguridad en manos de proveedores externos, algo que ocasiona elevados costes a cambio de una eficacia, en el mejor de los casos, discutible.
La utilización de esquemas típicamente locales, que han funcionado bien durante años en las sedes centrales de las empresas, es tan lógica como infructuosa. Esa utilización persigue que el problema se adapte a nuestra solución y no al revés. Esta aproximación resulta tan fácil como cómoda, no provoca tensiones con otros departamentos de la empresa y permite entonar el inevitable “siempre se ha hecho así” en caso de complicaciones.
Marcos legales inexistentes, ausencia de prelación de las normas, reglamentación secreta o no accesible. Fuerzas de orden público o compañías de seguridad privada con registros de falta de respeto a los derechos humanos e incluso participación en secuestros o ejecuciones extrajudiciales. Prohibición de entrar al país a responsables de seguridad propios. Evidentemente, la aplicación en estos entornos, reales y frecuentes, de modelos de seguridad predefinidos, conducen tarde o temprano a graves problemas.
En compañías multinacionales, es frecuente contar con más de un millar de trabajadores que se desplaza fuera de su país de origen cada semana
Otra solución aparentemente más sencilla ya ha sido mencionada: proveedores externos, habitualmente grandes grupos internacionales, se hacen cargo de todos los aspectos de la seguridad de nuestras empresas. El primer beneficio: evita enfrentarse a culturas o idiomas ajenos. Sin embargo, las soluciones que ofrecen obligan a adaptarse a unos procedimientos estandarizados, poco adaptados a las necesidades propias y a precios tan prohibitivos como injustificados.
Los dos errores descritos constituyen líneas rojas por las que hay que evitar transitar. Afortunadamente, el espacio de maniobra entre ambas es amplio y permite cumplir con el objetivo: proteger a los empleados de manera eficaz y a un coste asumible.
Análisis de riesgos
El análisis de riesgos debe ser asumido o estrechamente dirigido por el departamento de Seguridad de la empresa. Externalizarlo, delegarlo o simplemente copiar uno ya disponible, y correspondiente a otro escenario, empresa o momento, es injustificable y poco profesional. El análisis no tiene como objetivo disponer de otro documento que proporcionar al departamento de Auditoría, sino que constituye la piedra angular de la que se derivarán las medidas de mitigación que, posteriormente, serán a su vez la columna vertebradora de los planes de seguridad que se implementen. El análisis de riesgos tiene que ser conducido por un experto en seguridad, quien debe contar, además, con un conocimiento profundo de la empresa, su normativa, especificidades, modelo de negocio e intereses.
Para afinar en la graduación de las distintas amenazas, lo fundamental es acceder a información fiable, o en su defecto a análisis fundamentados, que sustente la conclusión. De otra forma, continuarán repitiéndose casos como los de imposición de fuertes medidas de protección contra atentados terroristas para empleados desplazados a países donde el fenómeno tiene nula incidencia en la actualidad, pero donde la percepción de la amenaza es consecuencia únicamente de la persistencia en nuestra memoria de imágenes de masacres del pasado.
Una vez graduadas las amenazas, las medidas de mitigación necesitan un enfoque creativo, pragmático y eficaz. Es indispensable conocer siempre el marco legal del país, aunque sea a través de procedimientos indirectos si no hay otra opción. En ocasiones hay que huir de medidas tradicionales como disponer de destacamentos de seguridad armados para asegurar la protección de empleados expatriados, ya que consiguen atraer una atención indeseada y señalarlos como objetivo para criminales o grupos terroristas. La discreción y un buen nivel de información del entorno proporcionan en esos casos un mayor grado de seguridad a un coste mucho menor.
Adaptación
Concluyendo esta aproximación a la manera en que se afronta desde los departamentos de Seguridad la internacionalización de las empresas y la presencia de expatriados en países de riesgo, una idea se repite: adaptación. Adaptación entendida como agilidad de los departamentos de Seguridad para hacer frente a un problema diferente en un ambiente distinto del habitual. Adaptación para tener la flexibilidad suficiente para no utilizar los mismos marcos y soluciones que han tenido éxito en otras situaciones no equivalentes. Adaptación para desarrollar o atraer talento que complemente el ya existente en esos departamentos, que, de esa manera, deben convertirse en un elemento clave para las empresas en sus estrategias de internacionalización y nunca en otro departamento más focalizado únicamente en la seguridad física de activos y sedes.