Luis Enrique Verástica Casillas Coppel
Luis Enrique Verástica Casillas Gerente de Inteligencia y Prevención del Delito Grupo Coppel

Dignificación y situación actual del guardia de seguridad privada

El autor del artículo se ocupa de la situación actual del guardia de seguridad privada, cómo se debe contratar a esta figura profesional y qué obligaciones tiene el personal operativo de seguridad privada. Además, pone en valor el factor humano en los servicios de seguridad y aboga por la dignificación del guardia de seguridad privada.

guardia de seguridad

El presente artículo está relacionado con la situación actual del guardia de seguridad privada, su papel ante la responsabilidad de la seguridad patrimonial y el servicio que representa ante la sociedad y el entorno de la inseguridad.

Es una realidad que la inseguridad va en aumento. En este escenario encontramos las autodefensas que existen en algunas comunidades, donde el mismo pueblo toma la justicia por su propia mano y se crean grupos armados para defenderse de los delincuentes. Y hay comunidades completas que apoyan a estos últimos en el robo de transportes y combustibles, así como civiles que atacan a soldados.

Podemos observar que no existe una cultura de respeto a las autoridades, y esto se da en mayor proporción hacia el guardia de seguridad privada. Por esta razón, debemos construir junto al sector de la seguridad privada, las empresas y las autoridades un modelo de guardia de seguridad privada profesional. El mismo debe ser preventivo y un ejemplo de respeto a las leyes. Y cuando sea necesario, coadyuvará con las autoridades para disminuir la inseguridad donde sea requerido y disuadir la acción de un delito sin llegar a la violencia, aplicando los protocolos necesarios para informar en forma oportuna cuando se identifique una amenaza contra la integridad de las personas a cargo.

Bajo mi punto de vista, las leyes que actualmente existen en relación a la Ley Federal de Seguridad Privada en México son suficientes. Sólo hay que cumplirlas y hacerlas cumplir, evitando caer en la corrupción; y de no hacerlo, se asumirán las consecuencias tal y como marca la ley.

Situación actual

A continuación presento un análisis considerando que el sueldo promedio de un guardia de seguridad intramuros en México, según Indeed.com, es de 5.915 pesos. Y el cobro promedio de una empresa de seguridad privada por un guardia de las características ya mencionadas es de 12.000 pesos. La empresa absorbe la carga social que representan los impuestos y las prestaciones contemplados en la ley y que ascienden al 35%; para este caso, 2.070 pesos. Queda una utilidad bruta de 4.015 pesos por guardia, importe al que todavía se le restan todos los gastos indirectos como agua, luz, renta, combustible y los gastos administrativos, por mencionar algunos.

Por citar un ejemplo, en Internet encontré un anuncio donde solicitaban guardias de seguridad privada. Y los requisitos eran tener una edad de 25 a 50 años y haber acabado la secundaria. La experiencia no era necesaria y el sueldo ascendía a 6.639 pesos. Si a esto le sumamos la alta rotación que existe en estos puestos y la demanda del cliente, la posibilidad de que se contrate a un guardia de seguridad sin experiencia ni capacitación, y el candidato se presente de inmediato en el lugar de trabajo, es elevada. Algo que en la práctica tenemos que evitar para no demeritar el gremio de la seguridad privada.

No existe una cultura de respeto a las autoridades, y esto se da en mayor proporción hacia el guardia de seguridad privada

Se debe revalorar al guardia de seguridad con buenos uniformes, todas las prestaciones de ley (seguro social, Infonavit, prima vacacional, vacaciones…), capacitaciones, etc., y pagarle los sueldos a tiempo. Hemos de apoyarnos en el padrón de empresas de seguridad privada autorizadas y, al contratar sus servicios, asegurarnos de que cumplen con los artículos establecidos en la Ley Federal de Seguridad Privada.

Como ha quedado de manifiesto en un reportaje de Uno TV, debemos tener en cuenta que la competencia no es pareja por la cantidad de empresas de seguridad privada que no cuentan con los permisos para ejercer dicha actividad y trabajan al margen de la ley sin pagar impuestos, prestaciones, instalaciones, etc. Al respecto, según la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), de las 6.000 empresas de seguridad privada que operan en México, 2.600 son patito y 3.400 se encuentran reguladas.

Cómo contratar

Debemos tener mucho cuidado a la hora de contratar los servicios de una empresa de seguridad privada. Llegados a este punto, consideraremos lo siguiente:

  • Antecedentes (persona física o persona moral).
  • Persona moral: revisar antecedentes de los socios.
  • Domicilio fiscal: que coincida con las instalaciones (oficina). Estas deben tener el rótulo en la entrada con el nombre de la empresa de seguridad privada.
  • Estructura administrativa: administrador, contable, departamento de Recursos Humanos, etc.
  • Guardias de seguridad registrados ante el seguro social.
  • Expedientes de los guardias de seguridad. En este caso, al menos, los que asigna a la empresa que contrata.
  • Pago de impuestos del último año.

Estos puntos son esenciales para evitar contratar los servicios de una empresa de seguridad privada patito.

Obligaciones del personal

Asimismo, como se menciona en el artículo 33, capítulo cuarto, de la Ley Federal de Seguridad Privada, las obligaciones del personal operativo de seguridad privada son:

  • Prestar los servicios en los términos establecidos en la autorización, revalidación o la modificación de cualquiera de estas.
  • Utilizar únicamente el equipo de radiocomunicación en los términos del permiso otorgado por autoridad competente o concesionaria autorizada.
  • Utilizar el uniforme, vehículos, vehículos blindados, perros, armas de fuego y demás equipo acorde a las modalidades autorizadas para prestar el servicio, apegándose al estricto cumplimiento de las normas oficiales mexicanas correspondientes en los casos que les apliquen.
  • Acatar toda solicitud de auxilio, en caso de urgencia, desastre o cuando así lo requieran las autoridades de seguridad pública de las distintas instancias de gobierno.
  • Portar en lugar visible, durante el desempeño de sus funciones, la identificación y demás medios que lo acrediten como personal de seguridad privada o escolta.
  • Conducirse en todo momento con profesionalismo, honestidad y respeto hacia los derechos de las personas, evitando abusos, arbitrariedades y violencia, además de regirse por los principios de actuación y deberes previstos para los integrantes de los cuerpos de seguridad pública en la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
  • En caso de portar armas, hacer uso responsable de ellas y contar con la licencia o su equivalente que autorice su portación.

En caso de hacer uso de vehículos automotores, cumplir con las especificaciones que al efecto dispongan los ordenamientos federales, estatales y municipales.

Factor humano

El factor humano es muy importante en el área de la seguridad patrimonial. Pero, cada vez más, las actividades que realizan los guardias de seguridad están siendo suplidas por las máquinas. De hecho, he escuchado opiniones de personas a cargo de la seguridad en una compañía que prefieren contar con una cámara de seguridad que con un guardia. Principalmente, en turnos de noche y, específicamente, en áreas aseguradas donde se resguardan artículos de valor con un sistema de alarma y un control de acceso biométrico.

Hay que dignificar al guardia. Debemos ocuparnos de su sueldo, capacitación, condición física, salud mental, disposición…

Coincido en que en ciertas circunstancias es preferible una máquina. Pero en aquellas donde se requiere interactuar con las personas y aplicar el sentido común, será más complicado que los guardias puedan ser suplidos.

Dignificación

Cuando hablo de dignificar al guardia de seguridad privada, me refiero a que se le debe dar un trato digno desde la contratación, que es el principio de la elección de un guardia de seguridad. Y también hemos de ocuparnos de su condición física, salud mental, habilidades, disposición, que conozca sus responsabilidades, que no permita que le asignen actividades impropias del puesto como las de mensajero, almacenista, recepcionista, lavado de carros… Hay que capacitarlo de forma constante, evitar que trabaje jornadas largas de 24×24 o que doble turno.

Como conclusión, en la seguridad privada la responsabilidad recae en ambas partes: la que contrata el servicio –cuánto está dispuesta a pagar– y la empresa que provee el servicio –qué está dispuesta a ofrecer–.

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