Las empresas de vigilancia y seguridad privada que prestan servicios en el sector residencial se cobijan en un protocolo de operación definido específicamente y supervisado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (Supervigilancia). En tal sentido, se establecen los deberes del vigilante de seguridad y hasta dónde pueden llegar sus acciones.
Finalidad de los servicios de vigilancia y seguridad
Teniendo en cuenta que la función de la vigilancia privada es de medios, no de resultados, los servicios de la empresa de seguridad para la propiedad horizontal son responsables en el momento en que fallen en la aplicación del protocolo de operación establecido y se incumplan así los acuerdos y compromisos adquiridos en la contratación.
Los servicios de vigilancia y seguridad privada tienen como finalidad prevenir, detener y disuadir las amenazas y factores de riesgo que puedan afectar la integridad de las personas o bienes que tengan a su cargo. Pero las empresas del sector nunca podrán ejercer las funciones de la fuerza pública.
El vigilante de seguridad tiene la obligación de atender en debida forma los reclamos de los usuarios y adoptar medidas inmediatas en caso de que alguno de sus dependientes se vea involucrado por acción u omisión en hechos que atenten contra los bienes o personas a las cuales se brindan vigilancia o protección.
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Deberes de un guarda o vigilante de seguridad
En Colombia, estos son los deberes que ha de cumplir un guarda o vigilante de seguridad privada:
- Respetar los derechos fundamentales y las libertades de la comunidad, absteniéndose de asumir conductas reservadas a la fuerza pública.
- Contribuir a la prevención del delito, reduciendo las oportunidades para la actividad criminal y desalentando la acción de los criminales, en colaboración con las autoridades de la República.
- Observar en el ejercicio de sus funciones el cumplimiento de las normas legales y los procedimientos establecidos por el Gobierno nacional, así como las órdenes e instrucciones impartidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Asumir actitudes disuasivas o de alerta, cuando observen la comisión de actos delictivos en los alrededores del lugar donde están prestando sus servicios, dando aviso inmediato a la autoridad, de manera que pueda impedirse o disminuir sus efectos.
- El vigilante de seguridad que tenga conocimiento de la comisión de hechos punibles, durante su servicio o fuera de él, deberá informar de inmediato a la autoridad competente y prestar toda la colaboración que requieran las autoridades.
- Prestar apoyo cuando lo soliciten las autoridades con el fin de atender casos de calamidad pública.
- Los demás deberes establecidos en la normatividad vigente.
¿Qué no debe hacer un vigilante de seguridad?
- Ingresar a los apartamentos de los residentes sin autorización de los mismos. Para el ingreso y salida de visitantes es importante aclarar que toda persona que no pertenece al inmueble, y que concurre por vez primera o asiduamente a visitar a alguno de los residentes, debe ser anunciada y su ingreso autorizado mediante alguna de las siguientes formas:
- Verbal: a viva voz o telefónicamente.
- Escrita: mediante memorandos (internos y externos), listados y procedimientos.
- Electrónica: vía correo electrónico, intranet o mensajería instantánea.
- Los servicios de vigilancia y seguridad privada no podrán realizar ningún tipo de requisa ni contacto físico, toda vez que es la fuerza pública la única facultada para tal fin.
Además, existen las Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana. Su funcionamiento es sencillo y efectivo: cuando se presenta algún acontecimiento que altere, o que pueda hacerlo, la seguridad ciudadana, el vigilante de seguridad que se encuentre en su puesto de servicio se debe comunicar de manera inmediata con el radioperador de su empresa de vigilancia, quien validará la información y se comunicará con la central de la Policía (CAD). Y esta, a su vez, enviará las patrullas de policía para la atención del caso de forma prioritaria.